Tuesday, September 3, 2013

LA DESOBEDIENCIA CIVIL COMO DERECHO HUMANO
Por Raúl Ramírez Baena*
No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por un acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ella, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee
Artículo 9º. Constitucional
Después de soportar la esquizofrenia desenfrenada de los agoreros del régimen en turno en contra de las protestas magisteriales, por su oposición a la mal llamada “Reforma Educativa” y sus leyes secundarias, es bueno fijar posiciones respecto al tema.
Un análisis de la Desobediencia Civil (DC) –también llamada Resistencia Civil- desde la perspectiva de los Derechos Humanos, es muy saludable en tiempos de crisis. Decía Sócrates, el gran filósofo griego, que la crítica constituye la vida misma de la democracia.[1]
En las campañas de Gandhi, uno de los precursores de las luchas por la liberación de los pueblos del coloniaje imperial, la DC fue una forma de protesta que consistía en negar obediencia a determinadas leyes; es decir, se oponía a cumplir con las mismas cuando éstas eran consideradas injustas o ilegítimas. Esta modalidad de lucha no violenta tenia el fin de demostrar públicamente la injusticia de las leyes coloniales británicas.
Durante el proceso de liberación de la India fueron utilizados diversos métodos de lucha no violenta: las huelgas, el boicot, las manifestaciones, los sabotajes, los ayunos y las oraciones masivas en los templos. En sus orígenes, la resistencia pasiva tenía fundamentos religiosos, de ahí las movilizaciones pacíficas de Martin Luther King en los EUA en contra del apartheid.
Es preciso partir de la consideración que el deber fundamental de cada persona sujeta a un ordenamiento jurídico es (el deber de) obedecer las leyes. Sin embargo, la DC es una forma particular de desobediencia, en cuanto que es llevada a cabo con el fin inmediato de demostrar públicamente la injusticia de la ley y con el fin mediato de inducir al legislador a cambiarla; como tal (la DC) es acompañada por parte de quien la cumple con justificaciones tales que pretende ser considerada no sólo como lícita sino también como debida, y que exige ser tolerada, a diferencia de cualquier otra trasgresión, por las autoridades públicas.[2]
En las tesis doctrinales, la DC consiste en una serie de acciones pacíficas, publicitadas con antelación, realizadas por un grupo de personas que protestan por políticas, actos u omisiones de autoridad, o por leyes que se consideran injustas.[3]
La DC se lleva a cabo en la vía pública o en instalaciones públicas o privadas, y tiene por objeto provocar crisis. Es considerada como uno de los últimos recurso del pueblo ante la negativa de las autoridades a resolver las causas que originaron la protesta y ante el agotamiento de los recursos legales, de negociación y de diálogo de los grupos sociales marginados y oprimidos en su lucha histórica contra la explotación, así como el desenmascaramiento y superación de su corolario: la alienación.[4]
La protesta va dirigida contra actos de gobierno o leyes o situaciones  sociales concretas que suponen una flagrante situación de injusticia (…) Las acciones de DC no suponen un peligro para el Sistema de Derechos Humanos reconocido constitucionalmente (…) El objetivo que persigue la DC no es otro que la salvaguarda de bienes jurídicos fundamentales.[5]
La cuestión de la legitimidad de la DC puede sintetizarse en la siguiente pregunta: ¿el ciudadano está obligado moral, jurídica y políticamente a obedecer siempre la ley o hay supuestos en que la obligación jurídica y política puede ser sobrepasada por una obligación contraria más fuerte? En teoría, el régimen de derecho está creado para la protección de los derechos y no al revés, como hoy suele ocurrir o como a menudo se entiende o se impone: el ciudadano debe obedecer la ley aún por encima de sus derechos.
El derecho a la DC, que no es lo mismo que la anarquía, es a menudo combatido por el Estado en alianza con sectores económicos y políticos, intelectuales y medios de comunicación. Para ello, busca crear una corriente de opinión pública (que no la opinión del público) que descalifique la protesta para justificar actos de autoridad que la anulen o la repriman, argumentando que se lesionan “derechos de terceros”, sin ponderar el interés superior colectivo motivo de las movilizaciones, cuando precisamente la omisión de derechos por el Estado es el origen de toda protesta.
Las manifestaciones de resistencia civil son comunes en regímenes donde se violan sistemáticamente los derechos humanos (civiles, políticos, económicos, laborales o sociales). En tanto que un régimen que reprime la DC es un régimen de corte autoritario. No en vano el derecho a la rebelión está plenamente legitimado en el Derecho Internacional de Derechos Humanos.[6]
El sabio Constituyente mexicano de 1917 incorporó a la Carta Magna el principio sustentado en el Artículo 39, hoy vigente: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.
Aún así, ese principio no condiciona el uso de la violencia para “alterar o modificar” la forma de gobierno. Hidalgo, Morelos, Allende, Madero, Zapata y Villa, entre otros, llevaron la protesta social al extremo, se rebelaron contra la tiranía y la opresión, fueron asesinados y hoy son héroes nacionales. Pero en su momento se les descalificó y se les consideró traidores, violentos, etc., al igual que se califica hoy al magisterio en lucha.
En el caso de la protesta de los integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) por la Reforma Educativa, el maniqueísmo oficial, despojado de toda ética de responsabilidad política, machaca por un lado privilegiar el “diálogo” con el magisterio disidente, y por el otro los líderes del PAN y el PRI, la Segob y el mismo Peña Nieto, aseguran que “no hay marcha atrás” a la evaluación del magisterio en los términos planteados en la Reforma, que es precisamente el motivo principal de la protesta.
El colmo de la contradicción lo expresa el dirigente nacional del PAN, Gustavo Madero, quien sugiere disolver las manifestaciones de la CNTE con tanquetas de agua.[7] ¿Justificaría entonces Madero que Maquío, Francisco Barrio, Luis H. Álvarez y el mismísimo Vicente Fox, en sus históricas jornadas de resistencia civil en las que tomaban carreteras, ayuntamiento y realizaban quemas como la del puente de Cd. Juárez en protesta por los fraudes electorales, hubieran sido desalojados por las policías con chorros de agua?
Podemos no estar de acuerdo con los bloqueos y manifestaciones de opositores políticos, sindicalistas, maestros, estudiantes, campesinos, indígenas u otros, y en sus motivaciones, pero no por ello negar su derecho legítimo a la resistencia civil pacífica, de lo contrario y quizá sin proponérnoslo, estaríamos avalando la represión y su corolario: el autoritarismo.
*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, AC
Mexicali, B.C., septiembre de 2013




[1] K.R. Popper, La sociedad abierta y sus enemigos. 4ª. Reimpresión, Barcelona, Paidós, 1991, p. 185
[3] Uno de los principales teóricos de la Desobediencia Civil fue Henry David Thoreau, quien nace el 12 de Junio de 1817 en Concord, Massachussets. En 1849 escribe “Desobediencia Civil”. Estuvo en contra del intervencionismo de Estados Unidos hacia México y lucho en contra de la esclavitud.
[4] Lima Torrado, Jesús, Desobediencia Civil y Objeción de Conciencia, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, México, 2000, p. 21
[5] Op. cit., p. 47
[6] “Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”, Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948. 
[7] Periódico La Jornada, sábado 31 de agosto de 2013, p. 10 

Monday, March 11, 2013

CASO CASSEZ: NUEVOS AIRES DE JUSTICIA


CASO CASSEZ: NUEVOS AIRES DE JUSTICIA

Por Raúl Ramírez Baena*

A riesgo de ser crucificado por quienes piensen diferente, que sin duda son muchos, expreso aquí mi opinión sobre el controversial caso que resolvió el pasado 23 de enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).  

 

Dice un indignado Ciro Gómez Leyva así como María Elena Morera que, ahora, la Suprema Corte de Justicia deberá ofrecer al pueblo de México una explicación “lisa y llana” del por qué se libero a Florence Cassez. Humildemente disiento de esa opinión.

 

Quienes deben ofrecer una explicación al pueblo y rendir cuentas ante la justicia son Felipe Calderón Hinojosa, Genaro García Luna y Daniel Cabeza de Vaca, acerca del por qué el montaje mediático y su empecinamiento en encubrir violaciones graves al debido proceso y a la presunción de inocencia de Florence, que metieron en un predicamento al país ante Francia y el mundo entero. Algo así sucedió con el “Michoacanazo”, con los generales detenidos y con miles de personas exhibidas y sentenciadas a pesar de graves irregularidades y violaciones de origen a sus derechos humanos.

 

A mi juicio hay tres grupos de personas que se oponen a la resolución de la Corte que arrojó la liberación de la ciudadana francesa:

 

1)      Aquellos académicos y juristas que de buena fe interpretan las leyes asumiendo que los ministros tomaron la decisión equivocada. De hecho, la resolución de la Primera Sala de la SCJN que favoreció la liberación inmediata de Florence fue dividida: tres contra dos;  

2)      Ciudadanas y ciudadanos, incluso medios de comunicación, que opinan también de buena fe pero invadidos de miedos y prejuicios propios de una cultura de la violencia; caen en confusiones y prejuzgan que se liberó a una secuestradora, que las víctimas del secuestro quedan desamparadas de justicia y que la Corte avaló la impunidad. Es verdaderamente preocupante que una gran mayoría indignada no entienda el fondo y el alcance de la resolución de la SCJN, y

3)      Sectores conservadores como Gustavo Madero, dirigente del PAN, los  periodistas Ciro Gómez Leyva y Carlos Marín; Isabel Miranda de Wallace, Alejandro Martí (estos dos, víctimas de delito), Ma. Elena Morera y Samuel González, entre otros cercanos al calderonismo, que confunden a la opinión pública, politizan el caso y radicalizan su posición en aras de audiencia y protagonismo. Contradictoriamente, se oponen también a la nueva Ley General de Víctimas.

 

AMLO politiza también el asunto al declarar que “se cometió una injusticia y la decisión de los ministros de la SCJN –influida por Peña Nieto para quedar bien con Francia, dice- sólo subraya que en México lo que reina es la impunidad y la corrupción”.

 

Hay un falso debate que se promueve en algunos medios y que habría que aclarar: La Corte no se pronunció sobre la inocencia o culpabilidad de Cassez ni despojó a las víctimas de secuestro de sus derechos. La Corte sólo decidió anular las pruebas de la SSP y del Ministerio Público en contra de Cassez porque FUERON OBTENIDAS DE MANERA IRREGULAR, y la justicia no se puede impartir mediante corruptelas, errores en los procesos legales y violaciones de origen a los derechos humanos, en contra de quien sea.

 

El amparo que resolvió la SCJN, como todos, no juzgó a las partes en conflicto, a las víctimas y a los presuntos victimarios, sino las violaciones a los derechos humanos, que las hubo, cometidas por las autoridades. La SCJN no entró a la litis del asunto, no negó ni dio la razón a las víctimas del secuestro en que se juzgó a Cassez. Resolvió sobre la legalidad y validez de las pruebas obtenidas para impartir justicia y llegar a la verdad jurídica.

 

No podemos hacer de México un país de linchamiento físico y mediático. La justicia y los derechos humanos no son asuntos de opinión pública. La justicia no se puede politizar y manipular como lo hizo Felipe Calderón y sus incondicionales.

Valiente y trascendental fue la decisión de la SCJN, que ahora siembra un gran precedente para fortalecer el Estado Social y Democrático de Derecho. En adelante, queda claro que TODOS los casos procesados y que se procesen en las agencias del ministerio público y en los juzgados deberán desahogarse respetando los derechos humanos de las víctimas y de los victimarios desde la detención, porque la experiencia nos demuestra que la corrupción y la impunidad oficial fabrican delincuentes y desprotegen a las víctimas.

 

De hecho, la SCJN enmendó la plana al ministerio público y a los jueces y magistrados de la causa; con las pruebas irregulares en su poder (violación al debido proceso y a la presunción de inocencia, montaje televisivo, tortura de detenidos, falta de aviso al consulado francés) los jueces NUNCA debieron sentenciar a Florence. Su obligación era rechazar las pruebas por ilegales.

 

Bajo el esquema de la Nueva Reforma Penal Acusatoria que entrará en vigor en todo México a más tardar en 2016, Florence nunca hubiera sido sentenciada como culpable.

 

Ahora, el Estado Mexicano deberá reparar el daño a las víctimas del secuestro, que siguen mereciendo justicia y reparación del daño. Estas han sido doblemente victimizados: por sus secuestradores (que a ciencia cierta ahora no sabemos quiénes son) y por los actos de autoridades que pervirtieron el proceso para llegar a la verdad jurídica.

 

Y nos guste o no, sin saber en realidad si es inocente o culpable de secuestro y otros delitos graves, Florence Cassez es también víctima porque estuvo presa más de 7 años gracias a argucias extralegales que la inculparon. A ella y a las víctimas del secuestro el Estado deberá reparar el daño bajo la nueva Ley General de Víctimas, además de perseguir y juzgar a quienes torcieron la ley.

 

Así nomás. Que nos sirva de lección.

 

*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C.

Enero de 2013

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CASO CASSEZ: NUEVOS AIRES DE JUSTICIA

Por Raúl Ramírez Baena*

A riesgo de ser crucificado por quienes piensen diferente, que sin duda son muchos, expreso aquí mi opinión sobre el controversial caso que resolvió el pasado 23 de enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).  

 

Dice un indignado Ciro Gómez Leyva así como María Elena Morera que, ahora, la Suprema Corte de Justicia deberá ofrecer al pueblo de México una explicación “lisa y llana” del por qué se libero a Florence Cassez. Humildemente disiento de esa opinión.

 

Quienes deben ofrecer una explicación al pueblo y rendir cuentas ante la justicia son Felipe Calderón Hinojosa, Genaro García Luna y Daniel Cabeza de Vaca, acerca del por qué el montaje mediático y su empecinamiento en encubrir violaciones graves al debido proceso y a la presunción de inocencia de Florence, que metieron en un predicamento al país ante Francia y el mundo entero. Algo así sucedió con el “Michoacanazo”, con los generales detenidos y con miles de personas exhibidas y sentenciadas a pesar de graves irregularidades y violaciones de origen a sus derechos humanos.

 

A mi juicio hay tres grupos de personas que se oponen a la resolución de la Corte que arrojó la liberación de la ciudadana francesa:

 

1)      Aquellos académicos y juristas que de buena fe interpretan las leyes asumiendo que los ministros tomaron la decisión equivocada. De hecho, la resolución de la Primera Sala de la SCJN que favoreció la liberación inmediata de Florence fue dividida: tres contra dos;  

2)      Ciudadanas y ciudadanos, incluso medios de comunicación, que opinan también de buena fe pero invadidos de miedos y prejuicios propios de una cultura de la violencia; caen en confusiones y prejuzgan que se liberó a una secuestradora, que las víctimas del secuestro quedan desamparadas de justicia y que la Corte avaló la impunidad. Es verdaderamente preocupante que una gran mayoría indignada no entienda el fondo y el alcance de la resolución de la SCJN, y

3)      Sectores conservadores como Gustavo Madero, dirigente del PAN, los  periodistas Ciro Gómez Leyva y Carlos Marín; Isabel Miranda de Wallace, Alejandro Martí (estos dos, víctimas de delito), Ma. Elena Morera y Samuel González, entre otros cercanos al calderonismo, que confunden a la opinión pública, politizan el caso y radicalizan su posición en aras de audiencia y protagonismo. Contradictoriamente, se oponen también a la nueva Ley General de Víctimas.

 

AMLO politiza también el asunto al declarar que “se cometió una injusticia y la decisión de los ministros de la SCJN –influida por Peña Nieto para quedar bien con Francia, dice- sólo subraya que en México lo que reina es la impunidad y la corrupción”.

 

Hay un falso debate que se promueve en algunos medios y que habría que aclarar: La Corte no se pronunció sobre la inocencia o culpabilidad de Cassez ni despojó a las víctimas de secuestro de sus derechos. La Corte sólo decidió anular las pruebas de la SSP y del Ministerio Público en contra de Cassez porque FUERON OBTENIDAS DE MANERA IRREGULAR, y la justicia no se puede impartir mediante corruptelas, errores en los procesos legales y violaciones de origen a los derechos humanos, en contra de quien sea.

 

El amparo que resolvió la SCJN, como todos, no juzgó a las partes en conflicto, a las víctimas y a los presuntos victimarios, sino las violaciones a los derechos humanos, que las hubo, cometidas por las autoridades. La SCJN no entró a la litis del asunto, no negó ni dio la razón a las víctimas del secuestro en que se juzgó a Cassez. Resolvió sobre la legalidad y validez de las pruebas obtenidas para impartir justicia y llegar a la verdad jurídica.

 

No podemos hacer de México un país de linchamiento físico y mediático. La justicia y los derechos humanos no son asuntos de opinión pública. La justicia no se puede politizar y manipular como lo hizo Felipe Calderón y sus incondicionales.

Valiente y trascendental fue la decisión de la SCJN, que ahora siembra un gran precedente para fortalecer el Estado Social y Democrático de Derecho. En adelante, queda claro que TODOS los casos procesados y que se procesen en las agencias del ministerio público y en los juzgados deberán desahogarse respetando los derechos humanos de las víctimas y de los victimarios desde la detención, porque la experiencia nos demuestra que la corrupción y la impunidad oficial fabrican delincuentes y desprotegen a las víctimas.

 

De hecho, la SCJN enmendó la plana al ministerio público y a los jueces y magistrados de la causa; con las pruebas irregulares en su poder (violación al debido proceso y a la presunción de inocencia, montaje televisivo, tortura de detenidos, falta de aviso al consulado francés) los jueces NUNCA debieron sentenciar a Florence. Su obligación era rechazar las pruebas por ilegales.

 

Bajo el esquema de la Nueva Reforma Penal Acusatoria que entrará en vigor en todo México a más tardar en 2016, Florence nunca hubiera sido sentenciada como culpable.

 

Ahora, el Estado Mexicano deberá reparar el daño a las víctimas del secuestro, que siguen mereciendo justicia y reparación del daño. Estas han sido doblemente victimizados: por sus secuestradores (que a ciencia cierta ahora no sabemos quiénes son) y por los actos de autoridades que pervirtieron el proceso para llegar a la verdad jurídica.

 

Y nos guste o no, sin saber en realidad si es inocente o culpable de secuestro y otros delitos graves, Florence Cassez es también víctima porque estuvo presa más de 7 años gracias a argucias extralegales que la inculparon. A ella y a las víctimas del secuestro el Estado deberá reparar el daño bajo la nueva Ley General de Víctimas, además de perseguir y juzgar a quienes torcieron la ley.

 

Así nomás. Que nos sirva de lección.

 

*Director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C.

Enero de 2013

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Monday, March 4, 2013

EL EXTRAVIO REVOLUCIONARIO DEL PRI


EL EXTRAVÍO “REVOLUCIONARIO” DEL PRI

Por Raúl Ramírez Baena

Surgido el régimen mexicano de un movimiento armado inspirado en los ideales socialistas revolucionarios de los hermanos Flores Magón, Emiliano Zapata, Francisco Villa y otros  próceres, bajo la presidencia efímera de Francisco I. Madero, el movimiento, con todas sus confrontaciones internas, propugnó por la justicia social y la democracia en contra de la dictadura porfirista (“tierra y libertad”, “la tierra es para el que la trabaja”; “sufragio efectivo, no reelección”).   

            Una vez consumada la Revolución en 1929, con Plutarco Elías Calles en el poder, se crea el Partido Nacional Revolucionario (PNR), concebido como un partido de masas cuyo objetivo principal fue tutelar los derechos de los trabajadores del campo y la ciudad y unir bajo un sólo instituto político a todos los grupos y sectores obrero, campesino, popular y militar en pugna. Al mismo tiempo, se daba identidad a la nación mexicana.

            En 1938, el Gral. Lázaro Cárdenas transforma el PNR en el Partido de la Revolución Mexicana (PRM), instaurando al mismo tiempo el sistema de partidos en México (a partir del movimiento Sinarquista y el surgimiento del Partido Acción Nacional, con ideologías opuestas a las que inspiraron la Revolución de 1910), nacionalizando la industria petrolera, concretando el reparto agrario e instaurando la educación pública y socialista.

            En 1946, el PRM se convierte en Partido Revolucionario Institucional, dando inicio al período de recambio de los viejos cuadros militares revolucionarios por políticos egresados de las universidades públicas, como Adolfo López Mateos, que en 1960 nacionaliza la industria eléctrica. A partir de 1982, políticos educados bajo la influencia de las universidades privadas norteamericanas de corte neoliberal gobiernan el país hasta el año 2012. En este período destacan las represiones estudiantiles de 1968 y 1971, la firma del TLCN en 1992 y el asesinato de Luis Donaldo Colosio en 1994.

            Como valor agregado, el régimen priísta instituyó en México el presidencialismo como forma de gobierno (la “dictadura perfecta”, diría el escritor Mario Vargas Llosa); el Partido de Estado que hoy goza de cabal salud. Mejor que en sus mejores tiempos.

El regreso

Despojado ya de su origen “revolucionario”, destacando su relación con los principales monopolios mediáticos, el grupo político-económico llamado PRI teje todo tipo de estrategias, alianzas y compromisos políticos y económicos con los poderes fácticos del país y del exterior para lograr su anhelado objetivo: recuperar el Poder.

            Los estrategas del PRI planificaron el progresivo control de las legislaturas, de los órganos públicos autónomos como el IFE, el IFAI, la CNDH y los organismos estatales de derechos humanos; de periodistas y medios de comunicación, ONG’s, empresarios, etc., teniendo como principal activo las cuotas de poder. Crean aún en la oposición, una nueva cultura de cooptación que deja aisladas a las fuerzas progresistas y democráticas.

            Para garantizar su regreso el PRI derrocha recursos y negocia las reformas neoliberales con el capital financiero internacional a cambio de su apoyo para llegar a la presidencia, abandonando las políticas revolucionarias y populares que le dieron origen.

Las prisas del PRI

En menos de tres meses, el regreso del PRI no podría ser más espectacular: El 1º. de diciembre del 2012 se reprime a los integrantes del #YoSoy132 que protestaban por la asunción de Peña Nieto, se firma el Pacto por México por las tres principales fuerzas políticas, se concretan las reformas para desaparecer la SSP y trasladar a la Segob sus funciones creándose la Comisión Nacional de Seguridad, se aprueban la Reforma Laboral y la Reforma Educativa, se apresa a Elba Esther Gordillo (acción que no incluye la democracia sindical, la transparencia, la rendición de cuentas, la mejora en la calidad educativa y el esclarecimiento del crimen de Misael Núñez, y que no contempla la detención de otros íconos de la corrupción priísta), se alinea a todos los gobernadores para el control de daños, se apuntalan las reformas Energética y Fiscal mediante el cambio de estatutos del PRI para votar en el Congreso por la inversión privada en Pemex y la CFE y aplicar IVA a alimentos y medicinas (“las necesarias reformas estructurales que el país necesita”, “la ‘modernización’ de México”, dicen), y se aplican puntualmente los “gasolinazos” calderonistas. ¿Qué sigue? Hay 6 años para el control de daños.

            Y lo que falta. En lista inmediata y a pesar de las promesas de campaña,[1] están el aumento a las tarifas eléctricas y a los combustibles,[2]  la creación del Mando Único Policial (aspiración de los gobernadores de más poder político y recursos, quitando a los alcaldes el mando de las policías municipales, no así el pago), la Gendarmería Nacional (8 mil soldados y 2 mil marinos más) y el Centro Nacional de Inteligencia, proyectos diseñados, según, para combatir la delincuencia y la corrupción pero que no asumen compromisos firmes con el respeto a los derechos humanos y no se abren a la consulta de la sociedad.

            En contraparte y a pesar de que la violencia criminal y la inseguridad no ceden y el ejército y la marina continúan en labores de seguridad pública, se modifica la estrategia mediática de exhibición de capos, se despliega un afinado discurso de derechos humanos para consumo interior y exterior dado el legado de abusos graves heredado, se firma el decreto sobre la Ley de Víctimas que rechazó Calderón y se incluye en la administración pública federal a connotados personajes de la izquierda, el PAN y la sociedad civil.

            Por lo pronto y para sacarse la espina clavada, el PRI va con todo en este año para recuperar la simbólica gubernatura de Baja California, en manos del PAN durante 24 años.

             Es “el nuevo PRI” que, en congruencia, debería ya de cambiar de nombre.



[1] http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=vInktOMb6vU
[2] http://www.eluniversal.com.mx/nacion/204410.html